A un consorcio se lo sentenció a indemnizar a una persona que se cayó y rodó por las escaleras comunes del edificio, la condena se extendió a la aseguradora del edificio.
Los jueces ponderaron que la escalera carecía de pasamanos y los escalones carecían de antideslizantes. Otro elemento que consideraron los jueces al imponer la condena, es que la luz de la escalera se apagó antes de que la persona terminara su descenso.
Por lo tanto, los magistrados entendieron que existía relación causal entre el hecho y el estado de la escalera, por lo que consideraron procedente el establecimiento de una indemnización por los daños sufridos.